Justicia Gratuita en España: requisitos, IPREM 2025 y cómo solicitarla
Guía completa con MLL Abogados Torrevieja
La Justicia Gratuita es un derecho fundamental en España que garantiza el acceso a la tutela judicial efectiva para aquellas personas que carecen de recursos económicos suficientes. En esta guía, te explicamos quién puede acceder a ella, cómo influye el IPREM 2025, qué documentación necesitas y cómo tramitar la solicitud en Torrevieja, Orihuela o Alicante capital.
🔹 1. ¿Qué es el IPREM y por qué es importante?
El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es el umbral económico utilizado para valorar si una persona tiene derecho a ayudas sociales, incluida la asistencia jurídica gratuita.
Para 2025, el IPREM se mantiene congelado conforme a la Ley 31/2022:
IPREM diario: 20,00 €
IPREM mensual: 600,00 €
IPREM anual (12 pagas): 7.200,00 €
IPREM anual (14 pagas): 8.400,00 €
Estos valores sirven para calcular los límites de ingresos máximos que no deben superarse para acceder a la justicia gratuita:
Hasta 2 veces el IPREM (14.400 €/año) para personas solas
Hasta 2,5 veces el IPREM si hay personas dependientes a cargo
Hasta 3 veces el IPREM en casos especiales
La congelación del IPREM, mientras el SMI ha subido en los últimos años, ha generado una brecha económica que afecta especialmente a los colectivos más vulnerables.
🔹 2. ¿Quién puede acceder a la justicia gratuita?
Según el artículo 2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, tienen derecho a la justicia gratuita:
a) Los ciudadanos españoles, nacionales de la Unión Europea y extranjeros que se encuentren en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
b) Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
c) Asociaciones de utilidad pública y fundaciones inscritas que acrediten insuficiencia de recursos.
d) En el ámbito laboral y de la Seguridad Social, los trabajadores y beneficiarios del sistema, para su defensa y en procedimientos concursales o contencioso-administrativos.
e) Ciudadanos extranjeros en procedimientos de expulsión, asilo o denegación de entrada en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos.
f) En litigios transfronterizos civiles y mercantiles, conforme al Capítulo VIII de la ley.
g) Deudores personas físicas o jurídicas considerados microempresas en procedimientos concursales simplificados, si acreditan insuficiencia de recursos.
h) Víctimas de violencia de género, terrorismo, trata de seres humanos, así como personas con discapacidad necesitadas de especial protección y víctimas de delitos sexuales, con independencia de sus recursos económicos.
i) Personas con secuelas permanentes graves por accidente, si reclaman indemnización por daños y requieren asistencia de terceros.
j) Asociaciones dedicadas a la defensa de los derechos de las víctimas del terrorismo.
k) Informantes protegidos por la ley de protección al denunciante de corrupción, con ingresos inferiores a cuatro veces el IPREM.
l) Personas jurídicas imputadas en lo penal, si están en concurso, situación de insolvencia o disolución y carecen de actividad económica.
Esta regulación garantiza que el acceso a la justicia gratuita no se limite solo a personas físicas con pocos recursos, sino también a colectivos especialmente vulnerables o con interés público.
🔹 3. ¿Qué documentación hay que presentar?
Según el caso, la documentación puede incluir:
Documentos personales: DNI, NIE, certificado de empadronamiento, libro de familia
Tributarios: Declaración de la Renta o certificación negativa de Hacienda
Laborales: Vida laboral, nóminas, pensiones
Propiedades: Escrituras, contratos de alquiler, vehículos
Bancarios: Extractos bancarios recientes
Otros: Borrador de demanda o datos del contrario
Si no puedes aportar algún documento, puedes presentar una declaración jurada justificando la ausencia.
🔹 4. ¿Dónde se solicita la justicia gratuita en Torrevieja y alrededores?
▶ Elche:
Ciudad de la Justicia de Elche – Avda. de la Libertad s/n
Consulta previa en el Servicio de Orientación Jurídica del ICAE
▶ Alicante capital (ICALI):
Juzgados de Benalúa. C/ Gravina 4, CP 03002
Teléfono: 965 11 52 56 / 966 23 01 04
Horario: 09:00 a 13:30 h
▶ San Vicente del Raspeig, Dénia, Villena, Elda, Benidorm, Novelda:
También puedes solicitar asistencia jurídica gratuita en la sede del ICALI del juzgado correspondiente a tu localidad o enviar la documentación por correo postal a la dirección del ICALI en Alicante (C/ Gravina 4, CP 03002).
Consulta siempre si tu caso requiere cita previa o puede presentarse directamente en ventanilla, según el tipo de procedimiento.
▶ Torrevieja:
Juzgado, 5ª planta – C/ Patricio Zammit, 50
Horario: Martes y viernes, 10:00 a 14:00 h
Teléfono: 966 709 816
▶ Orihuela:
Edificio Juzgados, planta baja – Plaza Santa Lucía
Horario: Martes y viernes, 10:00 a 14:00 h
▶ Alicante capital (ICALI):
Juzgados de Benalúa. C/ Gravina 4, CP 03002
Teléfono: 965 11 52 56 / 966 23 01 04
Horario: 09:00 a 13:30 h
🔹 5. Procedimiento y plazos
Rellenar la solicitud (disponible en la web del ICALI o en las sedes judiciales)
Presentarla con la documentación en la sede judicial o enviarla por correo postal si no hay urgencia
En asuntos urgentes con plazo, acudir directamente al juzgado o sede del ICALI para paralizar el proceso mientras se resuelve la solicitud
🔹 6. ¿Qué cubre la justicia gratuita?
Honorarios de abogado y procurador
Gastos de peritos, informes, tasas judiciales y edictos
Exención de depósitos para recurrir
Asistencia letrada previa al inicio del procedimiento
No cubre procedimientos temerarios ni si se demuestra posteriormente que el solicitante disponía de recursos suficientes.
🔹 7. Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo pedir justicia gratuita si tengo ingresos bajos pero no estoy en paro?
Sí, siempre que tus ingresos estén por debajo del límite IPREM correspondiente.
¿Debo presentar una solicitud por cada procedimiento judicial?
Sí, se requiere una solicitud por cada proceso distinto.
¿Y si me deniegan la solicitud?
Puedes presentar un recurso de revisión en el plazo de 10 días.
¿Puedo saber previamente si cumplo los requisitos?
Puedes acudir al SOJ (Servicio de Orientación Jurídica) del juzgado para informarte sin compromiso.
📅 Conclusión
La justicia gratuita en España, regulada por la Ley 1/1996 y desarrollada en su artículo 2, garantiza el acceso a la tutela judicial efectiva de forma igualitaria, incluyendo no solo a personas físicas con escasos recursos, sino también a colectivos especialmente protegidos, víctimas, trabajadores, entidades sin ánimo de lucro, y más.
A pesar de que el IPREM 2025 permanece congelado, muchas personas y organizaciones siguen cumpliendo los requisitos para obtener esta ayuda. En un contexto económico donde la brecha entre el IPREM y el SMI se ha ampliado, es más importante que nunca conocer los derechos y cómo ejercerlos correctamente.
Esta guía tiene carácter meramente informativo. La valoración y tramitación de la justicia gratuita corresponde a los servicios competentes de orientación jurídica de los juzgados y colegios de abogados.
🔹 Consulta con nosotros sin compromiso. Defiende tus derechos con respaldo legal profesional.